
Concurso voluntario de acreedores
Se trata de un procedimiento judicial al que puede acogerse el deudor de forma voluntaria para beneficiarse de una serie de ventajas que la Ley pone a su disposición a fin de poder rehacerse económicamente y superar con mayor facilidad, orden y tranquilidad su situación financiera.
La interposición de un concurso voluntario de acreedores es obligado para el deudor dentro de los dos meses siguientes al estado de insolvencia o de ser el mismo previsible.
Entrar en concurso de forma voluntaria por parte del deudor, supone mayores ventajas para el mismo de las que tendría de verse arrastrado al mismo concurso pero de forma necesaria al haberlo solicitado directamente sus acreedores.

Concurso necesario de acreedores
También pueden los acreedores solicitar el concurso necesario del deudor como medida de control de su situación financiera para evitar situaciones de insolvencia fraudulentas.
Este procedimiento provoca la intervención total de las cuentas del deudor, quien no podrá realizar actos de administración de sus activos ni endeudarse sin la autorización del Administrador concursal y en última instancia del Juez del concurso.
Poner una demanda de concurso necesario contra el deudor, es la máxima garantía que los acreedores pueden tener para el control del cobro de sus créditos.